Genera imagen de un aborigen trabajando en el campo

El TRATO A LOS INDIOS

Cuanto más investigaba el periodo español de Hispanoamérica,  más reconocía  la labor realizada por la corona española y por la Iglesia en su empeño por “haber tratado a los indígenas como seres humanos y por haber intentado protegerlos».

Valoro ambas instituciones por mantener bajo control a unos conquistadores “tan valientes como codiciosos crueles y revoltosos”

Arnold J. Toynbee

Aclaración sobre el término indio

El término «indio» es a todas luces incorrecto.

Primero porque no es posible agrupar en un mismo bloque cultural o étnico a un zapoteca y un nazca, por ejemplo.

Es también incorrecto porque el término nace de la errónea creencia de Cristóbal Colón de haber llegado a «las Indias»

No tuvo, en ese momento y en muchos momentos posteriores carácter peyorativo alguno, sino meramente descriptivo de lo que se pensaba era la realidad geográfica, si bien la evolución del mismo ha dado lugar, en más de una ocasión, a un uso racista e insultante.

Nunca y bajo ninguna circunstancia tendrá ese tono de menosprecio en esta página.

En esta página utilizaremos de preferencia palabras como indígena, aborigen, originario o nativo. Aunque siendo el término indio de uso común es posible que lo utilicemos en más una ocasión con las consideraciones arriba expuestas.

Indicaremos también que este tema del trato o maltrato a los indios puede ser tratado en cualquier momento de los que recoge esta web. Si me he decidido a hacerlo ahora, es porque en estos primeros momentos del periodo americano cuando se produjeron las más importantes controversias filosóficas, teológicas y legales. Y porque se dio la presencia de personajes de cuya influencia en este tema no es posible dudar.

La «institución» de la esclavitud.

No es propósito de esta web hacer un repaso exhaustivo y general sobre el tema/problema de la esclavitud. Baste con decir que siendo una institución extendida en el mundo romano, mantuvo su vigencia en el medioevo cristiano, aun cuando exista la 

Determinaremos que tal situación estaba plenamente aceptada en el mundo mediterráneo, donde los musulmanes consideraban legítimo capturar cristianos para venderlos como esclavos y de la misma manera el musulman capturado por ejemplo en un enfrentamiento con piratas berberiscos, podía legítimamente ser hecho esclavo y tratado como tal, es decir podía ser vendido entre otras cosas.

Es así que en la Castilla descubridora los esclavos eran abrumadoramente resultado de los enfrentamientos entre el mundo cristiano y el musulman y otomano del sur y oriente.

Los esclavos se dedicaban fundamentalmente a los trabajos más duros como la minería o las galeras. Pero en una proporción importante eran destinados al servicio doméstico.

Un esclavo doméstico era una inversión cara que daba prestigio a la casa y por tanto  era pertinente cuidar. Podía darse el caso de que un esclavo/a estuviera mejor vestido y alimentado que la mayoría de los habitantes de una ciudad como Sevilla.

Ningún cristiano podía ser esclavizado.

La posición de la Corona.

La reina Isabel

“No consientan ni den lugar que los indios reciban agravio alguno en sus personas y sus bienes, más manden que sean bien y justamente tratados”

Isabel la Católica no tenía problemas morales con la esclavitud de los infieles (léase musulmanes) apresados en legítimo combate, pero siempre mostró su rechazo, no solo a la esclavitud, sino al mal trato de de los indios, tal que que ordenó “tratar a dichos indios muy bien y con cariño”.

Sobre la esclavitud no admitía compromiso alguno y es famosa la escena en la que el Colón más mercantilista, no habiendo encontrado ni especias ni oro, se presentó ante la reina con cuatrocientos indios en calidad de esclavos. De todos es sabido el monumental enfado de la soberana que obligó a la devolución inmediata de los mismos, objetivo truncado pues muchos no pudieron resistir el penoso viaje, el cambio de alimentación, el cambio de clima y las nuevas enfermedades y murieron antes de regresar a sus lugares de origen.

La reina Isabel moría el 26 de noviembre de 1504 en Medina del Campo

El rey Fernando.

Veremos en el apartado de la posición de la Iglesia ante el (mal)trato a los indios, el famoso sermón del segundo Domingo de Adviento del fraile dominico Antonio de Montesinos.

La denuncia durísima que emitió sobre los encomenderos tuvo repercusión en la Corte española a la que por otra parte llegaban continuos informes, no sólo por la via eclesial sino también de los funcionarios reales.

Para determinar los límites de la presencia española en las Indias, el rey Fernando el católico convocó la denominada Junta de Burgos.

Junta de Burgos.

Las Leyes de BurgosReales ordenanzas dadas para el buen Regimiento y Tratamiento de los indios  fueron el primer conjunto de leyes promulgadas por la Corona de Castilla en 1512 con el objetivo de regular las relaciones entre los españoles y los indígenas en las recién conquistadas tierras de América. Eran un intento de establecer un marco legal para la interacción entre ambas culturas.

Constituyen el primer corpus legislativo en la Historia  destinado a la protección integral del indígena y se han reconocido como un primer intento de redacción de una legislación de Derecho internacional y los derechos humanos.

Dichas leyes u ordenanzas fueron sancionadas por el rey don Fernando el 27 de septiembre de 1512 en la  Casa del Cordón en Burgos.

Fachada principal de la Casa del Cordón en Burgos, donde Fernando el Católico sancionó las Leyes de Burgos.

Dos Teologías o dos antropologías enfrentadas.

Matías de Paz y Juan López de Palacios Rubios: Un Debate sobre la Conquista

El enfrentamiento intelectual entre Matías de Paz y Juan López de Palacios Rubios representa uno de los debates más importantes sobre la naturaleza de la conquista española en América. Ambos eran teólogos y juristas que, desde perspectivas distintas, buscaron justificar o cuestionar la dominación española sobre los pueblos indígenas.

Juan López de Palacios Rubios: El Defensor de la Conquista

Palacios Rubios era un ferviente defensor de la conquista española.  Para este teólogo el pecado original también «manchaba» a los indígenas: Esto implicaba que muchos de sus derechos naturales había prescrito

Matías de Paz: El Defensor de los Derechos Indígenas

Matías de Paz, por su parte, argumentó que el pecado original en ningún caso privaba a los indios de sus derechos naturales, tales como la propiedad o cultura.

El debate entre Paz y Palacios Rubios se centraba en la naturaleza de los indígenas y en la legitimidad de la conquista española

Este debate tuvo importantes implicaciones para la política indiana, ya que influyó en la elaboración de las leyes que regulaban las relaciones entre españoles e indígenas. Las ideas de Paz, aunque no siempre fueron aplicadas en la práctica, contribuyeron a la formación de una conciencia crítica sobre los abusos cometidos contra los pueblos indígenas y sentaron las bases para una defensa más sólida de sus derechos.

En resumen, el enfrentamiento entre Matías de Paz y Juan López de Palacios Rubios refleja las tensiones existentes en la época dos visiones teológicas que era la expresión del momento de las visiones antropológicas.

Aspectos más siginificativos de las leyes de Burgos.

Estas leyes u ordenanzas constan de hasta treinta y cinco disposiciones, de las que enumeramos las que juzgamos más significativas, dejando este enlace de la Wikipedia para mayor profundización.

Supresión de la esclavitud. (Aunque las excepciones que dejaba fueron aprovechadas fraudulentamente por los encomenderos y otros)

Se conservan ciertos privilegios y ventajas para los «caciques»

Confirmación del sistema de encomienda.

La mujer embarazada dejará de trabajar al cuarto mes.

La mujer casada no puede ser obligada a trabajar en las minas, salvo que lo haga voluntariamente u obligada por su marido.

Se prohibe el trabajo antes de los catorce años.

Se regula la jornada laboral.

Se obliga a un pago justo, permitiéndose el pago en especies.

La «cristianización» de los indios se considera objetivo prioritario, a lo que están obligados los encomenderos.

Se permiten las danzas sagradas prehispánicas.

¿Qué es el requerimiento?

El denominado «Requerimiento» es un documento elaborado a raíz de estas deliberaciones de la Junta de Burgos, es obra intelectual de Juan López de Palacios Rubio y podemos definirla así: «acto jurídico formal de advertencia o aviso previo a la guerra, que se introdujo en el Derecho de Indias a partir de 1512 como consecuencia de las disertaciones y sesudas deliberaciones de teólogos y juristas convocados por el Rey regente de Castilla Fernando el Católico, en tiempos del reinado de incapacidad de su hija Juana I de Castilla para «tratar los asuntos de Indias y el buen tratamiento de los indios».

El requerimiento era requisito previo e indispensable para que la declaración de guerra fuera legitima.

La primera vez que se utilizó dicho requerimiento fue con motivo de la expedición a Panamá (que veremos en su momento) de Pedro Arias de Ávila, Pedradias Dávila. en 1513.

¿Cómo era un Requerimiento tipo?

El Requerimiento debía ser leído en voz alta ante las tropas, asambleas o pueblos antes de iniciar algún tipo de acción bélica. Hago una transcripción copia /pega del requerimiento antes comentado de Pedro Arias Dávila:

«De parte del muy alto y muy poderoso y muy católico defensor de la iglesia, siempre vencedor y nunca vencido el gran Rey don Fernando V de España de las dos Sicilias, de Jerusalén, de las Islas y tierras firmes del Mar Océano, etc. Tomador de las gentes bárbaras, de la muy alta y poderosa Sra. la Reina Doña Juana, su muy cálida y amada hija, nuestros Señores, yo Dávila su criado, mensajero y capitán, los notifico y les hago saber como mejor puedo:

Que Dios nuestro señor único y eterno, creó el cielo y la tierra, un hombre y una mujer de quienes nosotros y vosotros fueron y son descendientes y procreados y todos los de después de nosotros vinieron, mas la muchedumbre de la generación y de esto ha sucedido de cinco mil y mas años que el mundo fue creado, fue necesario que unos hombres fuesen de una parte y otros fuesen por otra y se dividiesen por muchos reinos y provincias de que una sola no se podrían sostener ni conservar. De todas estas gentes nuestro Señor dio cargo a uno que fue llamado San Pedro, para que de todos los hombres del mundo fuese señor y superior, a quien todos obedeciesen y fuese cabeza de todo lo humano, donde quiera que los hombres estuviesen y viviesen en cualquier ley, secta o creencia, pidiéndole a todo el mundo por su reino, señorío y jurisdicción, y como quiera que le mando propusiese su silla en Roma como el lugar mas aparejado para regir el mundo, también le permitió que pudiese estar y poner su silla en cualquier otra parte del mundo, y juzgar, y gobernar a toda la gente, cristianos, moros, judíos, gentiles y de cualquier otra secta o creencia, a este llamaron Papa, que significa admirable, mayor, padre y guardadorA este San Pedro obedecieron y tomaron por señor, Rey y superior del universo, los que en aquel tiempo vivían y asimismo han tenido todos los otros que después de él fueran al pontificado elegido y así se ha continuado hasta ahora y así se continuará hasta que el mundo se acabeUno de los pontífices pasados que en lugar de este mundo, hizo donación de estas Islas y tierras firmes del Mar Océano, a los ricos Rey y Reinas y a los sucesores en estos reinos, con todo lo que en ellas hay según se contienen en ciertas escrituras que sobre ellos basaron, así que sus Altezas son Reyes y Sres. de estas Islas y tierras firmes, por virtud de dicha donación y como a tales Reyes y Sres. algunas Islas más y casi todas a quienes esto ha sido modificado has recibido a sus altezas y les han obedecido y servido y sirven como súbditos lo deben hacer, con buena voluntad y sin ninguna resistencia, luego de su inclinación como fueron informado de lo susodicho, obedecieron y recibieron a los valores religiosos que sus Altezas profesaban para que les predicasen y enseñasen la Santa fe, y todos ellos de su humilde y agradable voluntad sin apremio ni condición alguna se hicieron cristianos y lo son, sus Altezas los recibieron alegres y así los mandó tratar como a los otros súbditos y vasallos, los otros son pedidos y obligados a hacer lo contrario.

Por ende, como mejor puedo os ruego y requiero que entendáis bien lo que he dicho, y toméis para entenderlo y deliberar sobre ello el tiempo que fuere justo y reconoscais a la Iglesia por Señora y Superiora del universo mundo y al sumo pontífice llamado Papa en su nombre y al Rey y la Reina nuestros señores en su lugar como Superiores y Señores y Reyes de esta isla y tierra firme por virtud de la dicha donación y consentíais en ese lugar a que estos padres religiosos o declaren los susodichos.

Si así lo hicieres te ha de ir bien y aquello a que estas obligado, y sus altezas en su nombre los recibirán con todo amor y caridad, los dejarán vuestras mujeres hijos y haciendas libres, sin servidumbre, para que de ellas y nosotros hagáis libremente lo que quisieres y por bien tuvieres y no os compelerán a que tornéis cristianos, salvo si vosotros informados de la verdad quisieres convertir a la religión católica como lo han hecho casi todos los vecinos de estas islas y además de esto su Alteza dará muchos privilegios y exenciones que gozarán muchas veces.

Si no lo hicieres o en ello dilación maliciosamente pusieres, os certifico que con la ayuda de Dios entraré poderosamente contra vosotros y os haré guerra por todas las partes y maneras que tuviere y sujetaré al yugo y obediencias de la iglesia y de sus Altezas y tomaré vuestras personas y las de vuestras mujeres e hijos y los haré esclavos y como tales los venderé y dispondré de ellos como su Alteza mandare, y os tomaré vuestros bienes, y os haré todos los males y daños que pudiere como a vasallos que no obedecen y que no quieren recibir a su señor y le resisten y contradicen y protesto de los muertes y daños que de ellos se registraren serán a culpa vuestra y no de sus Altezas ni mía, ni de estos caballeros que conmigo vinieron y de como lo digo, requiero, pido al presente Escribano que me lo de como testimonio firmado y a los presentes ruego que de ello sean testigo».

Críticas al Requerimiento

Pensar que en la «España» hipercrítica de estos inicios del siglo XVI, un documento leído atropelladamente, en voz alta, en un idioma que no podían entender los indígenas y aun en el improbable caso de lo entendieran, no estaban capacitados para discernir los complejos conceptos religiosos y políticos que en él se exponían (quizás muchos soldados de a pie tampoco los entendían), era mucho suponer.

De entre las numerosas críticas he seleccionado la de Gonzalo Fernández de Oviedo, que copio:

«Yo pregunté después, el año de 1516, al doctor Palacios Rubios (porque él habia ordenado aquel requerimiento) si quedaba satisfecha la conciencia de los cristianos con aquel requerimiento, é díjome que sí si se hiciese como el requerimiento dice. Mas paréceme que se reía muchas veces cuando yo le contaba lo de esta jornada y otras que algunos capitanes después habían hecho; y mucho mas me pudiera yo reir de él y de sus letras (que estaba reputado por gran varon, y por tal tenia lugar en el consejo real de Castilla) si pensaba que lo que dice aquel requerimiento lo habían de entender los indios sin discurso de años é tiempo».
Gonzalo Fernández de OviedoHistoria General y Natural de las Indias, t. III cap. VII

Carlos I de España y V del Sacro Imperio

Las Leyes de Burgos constituyeron un intento serio y sincero de la Corona y las órdenes religiosas asentadas en  América de poner fin a los abusos y explotaciones a los que estaban sometidas los indios. Sin embargo, el hecho de que sancionara una institución como la encomienda, permite comprender que sus resultados fueran limitados. Las denuncias por parte de los clérigos fueron continuas y de ellas se derivó la siguiente legislación que conocemos como Leyes Nuevas.

Leyes Nuevas o Nuevas Leyes.

Leyes y ordenanzas nuevamente hechas por su Majestad para la gobernación de las Indias y buen tratamiento y conservación de los Indios.

El emperador convocó para 1540 una junta legislativa que se albergó en la Universidad de Salamanca,

Las Leyes Nuevas conforman un conjunto legislativo promulgado por Carlos I de España el 20 de noviembre de 1542 en Barcelona.

El desencadenante de esta nueva iniciativa fue el dominico Bartolomé de las Casas.  Además contó con un coloso intelectual, el dominico Francisco de Vitoria

Exponer el pensamiento de Francisco de Vitoria excede con mucho el propósito de esta página, sin embargo se hace necesario ofrecer siquiera un resumen de las tesis que este personaje fundamental, padre del Derecho Internacional y figura destacada de la Escuela de Salamanca, de la que se le puede considerar justamente, su fundador.

El pensamiento de Francisco de Vitoria. Un esquema.

Del periódico «La Crónica de Salamanca». Estatua de Francisco de Vitoria en la plaza del Concilio de Trento. Fotografía de Pablo de la Peña.

Derechos naturales de los indígenas: Vitoria sostuvo que los indígenas eran seres humanos con derechos naturales. En su famosa obra, «Relectio de Indis», argumentó que los indígenas tenían derecho a sus tierras, a sus propiedades y a vivir en libertad. Esto iba en contra de las justificaciones para la conquista y la esclavitud de los nativos.

Legitimidad de la soberanía indígena: Según Vitoria, los reinos indígenas eran soberanos antes de la llegada de los españoles, y la Corona española no tenía derecho a despojarlos de sus tierras y gobernarlos sin su consentimiento. Solo podrían intervenir si se trataba de defender los derechos naturales de los indígenas o en casos de evangelización, siempre que se hiciera sin coacción.

Límites a la autoridad de la Corona: Vitoria argumentó que la autoridad del Rey de España sobre las Indias debía estar limitada por la justicia y el respeto a los derechos de los indígenas. Esto significaba que no podía simplemente expropiar tierras o imponer su dominio arbitrariamente.

Evangelización y justicia: Aunque Vitoria aceptaba la evangelización como un motivo legítimo de la presencia española en América, insistía en que debía llevarse a cabo respetando la dignidad y los derechos de los indígenas. Cualquier acto de violencia o explotación en nombre de la evangelización era inaceptable.

¿Qué son Los «Justos Títulos»?

Derecho a la comunicación y comercio: Vitoria sostenía que todos los seres humanos tenían un derecho natural a comunicarse y comerciar con cualquier parte del mundo. Por lo tanto, los españoles podían entrar en América para comerciar y compartir su cultura, siempre que esto no implicara coacción ni perjuicio para los indígenas.

Derecho a la evangelización: Uno de los justos títulos más importantes para Vitoria era la evangelización. Consideraba que los españoles tenían el derecho de predicar el cristianismo en América. Sin embargo, este derecho debía ejercerse sin violencia y respetando la libertad de los indígenas para aceptar o rechazar la fe cristiana.

Protección de los inocentes: Vitoria afirmaba que si existían prácticas inhumanas entre los indígenas (como sacrificios humanos), los españoles tenían el derecho de intervenir para proteger a los inocentes. Sin embargo, esta intervención debía ser proporcionada y realmente destinada a proteger vidas.

Alianzas con indígenas: En el caso de que los indígenas solicitaran la protección o alianza de los españoles contra enemigos comunes, los españoles podían intervenir. Esta cooperación debía basarse en el consentimiento y no en la imposición.

Derecho a la defensa propia: Si los indígenas atacaban a los españoles sin justificación, estos últimos tenían derecho a defenderse y, como consecuencia de la defensa, podían establecer algún tipo de dominio.

Rechazo de «Títulos Injustos»

Vitoria también identificó y rechazó lo que consideraba títulos ilegítimos, como el simple descubrimiento de tierras, la donación papal de territorios, o el concepto de que los indígenas eran seres inferiores que requerían tutela y dominio por parte de los europeos.

Importancia de los «Justos Títulos»

Los «justos títulos» fueron un intento de Vitoria de establecer un marco legal y ético para la colonización que se alejase de la pura conquista militar. 

En resumen, los «justos títulos» reflejan el esfuerzo de Vitoria por conciliar la expansión española con principios éticos y jurídicos.

Aspectos más importantes de las «Leyes Nuevas»

Eliminación de esclavitud por cualquier causa. Las ordenanzas de las Leyes de Burgos, establecían tantas posibles excepciones que justificaban la escllavitud que en gran parte, eran papel mojado. Las Leyes Nuevas determinaron que toda esclavitud estaba prohibida: «ni por guerra, ni por rebeldía, ni por rescate, ni de otra manera alguna».

Eliminación de la encomienda, aunque se permitía el repartimiento.

Para una mayor profundización en este tema de las «Leyes Nuevas» puede leerse esta página que no siendo de las más habituales tiene un enfoque que me ha gustado.

Resistencia de los encomenderos a la aplicación de las «Leyes Nuevas»

El el capítulo que hemos dedicado a la primera gobernación de Diego Colón (hijo), ya indicamos cómo la preeminencia política y económica de los encomenderos era evidente (y molesta para la corona)

No puede sorprender por tanto que las ordenanzas relativas a la extinción de las encomiendas con la muerte del encomendero y sin posibilidad de traspaso a un heredero, fueran recibidas de muy mala gana, tanto es así que ante las «catastróficas» consecuencias económicas que traería para las Indias tal medida, el emperador se vio obligado a retrasar su aplicación y permitir que la encomienda fuera transmitida en herencia una última vez.

En Perú, cuya conquista era reciente y los ánimos estaban muy exaltados, se produjo una auténtica rebelión con tintes independentistas, encabezada por Gonzalo Pizarro, hermano del conquistador, que terminó con la decapitación del rebelde, como ya se verá en su momento por orden de Pedro de la Gasca con órdenes expresas de la corona de resolver definitivamente la situación

En Nueva España, (México) aunque el rechazo de los encomenderos a la medida fue total, la resistencia tuvo tintes menos violentos.

La «Controversia de Valladolid»

Si podemos considerar que las «Leyes Nuevas» son el intento de cerrar los flecos inconclusos de las «Leyes de Burgos», igualmente podemos decir que la llamada  «Controversia de Valladolid» representa el enésimo intento de añadir lo que falta, de reafirmar lo afirmado y de volver a insistir en la la dignidad burlada de los indios.

Genera imagen de dos frayles dominicos debatiendo

Recreación libre por IA de Bartolomé de las Casas y Juan Ginés de Sepúlveda en un receso de las discusiones de la «Controversia de Valladolid».

No haremos una detallada reseña de esta famosa discusión, que tuvo carácter teológico, pues «philosophia est ancilla theologiae» sino que enumeraremos los aspectos más significativos.

Lugar y fecha: 15 de agosto de 1550 al 4 de mayo de 1551 en el Colegio de San Gregorio de Valladolid.

Participantes más destacados.

Bartolomé de las Casas

Juan Ginés de Sepúlveda,

Tesis defendidas

Aclaremos primero que nunca se discutió la naturaleza humana de los indios y si eran portadores de un alma inmortal. Ese debate estaba cerrado y plantear tal argumento hacía incurrir en herejía.

Juan Ginés de Sepulveda se colocaba en lado de la superioridad de los españoles, considerando a los indios, salvajes y por naturaleza inferiores a los españoles, siendo por tanto legítimo incluso el uso de la fuerza para imponer esa superioridad. Argumentaba este teólogo que la desigualdad de los hombres ha sido determinada por el mismo Dios, apoyándose en ideas aristotélicas y tomistas. 

Bartolomé de las Casas por el contrario defendía la plena igualdad de los naturales en tanto su humanidad y también su racionalidad. Rechazaba su impericia para las cosas materiales y lo demostraba alegando las muchas y muy grandes construcciones de las que eran capaces. Sobre su crueldad, argumentaba el dominico que más era la de «los españoles», como habían dejado claro a todo lo largo y ancho de España.

Debe decirse que en todos los debates, estuvo presente el espíritu de Francisco de Vitoria y sus «justos títulos» o sus «injustos títulos». Decimos espíritu, pues este coloso había fallecido en 1546.

Conclusiones

La «Controversia de Valladolid», no presentó conclusiones pero si una medida de carácter práctico, cual fue el nombramiento de Bartolomé de las Casas como «Protector de los Indios«. Añadimos que la publicación de su Brevísima, es del año 1552 (Volveremos sobre el tema)

Para saber más, 

¿Los nativos americanos tienen alma?

Uno de los argumentos (uno más) de la denominada «Leyenda Negra» repite que los españoles consideraban a los nativos como poco más que animales amaestrables pero desprovistos de los atributos de la auténtica humanidad.

Naturalmente esta afirmación tuvo escaso predicamento.

Tanto las admoniciones de Isabel la Católica sobre el trato a los indios, como todo el corpus legislativo de las «Leyes de Burgos» o las «Leyes Nuevas» están dirigidos a seres humanos tan idénticos en su naturaleza y cualidades como lo podía ser cualquier otro en cualquier parte del mundo.

Mas para dejar el debate cerrado de forma definitiva e irrefutable, el Papa Paulo III en 1537 emitió la bula Sublimis Deus que de forma contundente establece la racionalidad y libertad de los naturales, así como su derecho a abrazar el cristianismo que debe predicarse siempre con modos pacíficos.

La bula comentada es un gran éxito de la orden dominica (O.P. ordo praedicatorum, orden de los predicadores)y más en concreto de dos dominicos españoles, fray Julián Garcés así como de Domingo de Betanzos

 

La posición de las órdenes religiosas.

He optado por este encabezado, antes de uno que diga «La Posición de la Iglesia» porque es muy difícil encontrar ese factor común que sirva para una institución tan extensa y tan compleja como es la Iglesia Católica.

Valga en cualquier caso como pronunciamiento al respecto la bula «Sublimis Deus» de la que se comenta en el apartado dedicado a responder a la pregunta de si los indios tienen alma.

Organizamos este capítulo siguiendo la estela de aquellos religiosos que se destacaron por su defensa objetiva de los indígenas. Estos serán en su mayor parte dominicos, si bien la presencia de franciscanos es notoria. 

Los primeros dominicos

Dedicaremos este capítulo a exponer la audaz y valiente actitud de tres frailes dominicos que dejaron su vida en defensa de la libertad y dignidad de los naturales americanos. Fray Pedro de Córdoba, Antonio de Montesinos y Fray Bernardo de Santo Domingo que fueron comisionados por la orden de los predicadores a las Indias en labor evangelizadora. Del tercero de ellos, Fray Bernardo de Santo Domingo, no he encontrado documentación específica pero hago constar su presencia en estos eventos.

Fray Pedro de Córdoba.

De los tres frailes dominicos que consideramos, éste, por ser el mayor fue designado como superior atendiendo a su edad mayor, que en aquel momento debía rondar los veinte y ocho años.

Fray Pedro de Córdoba pasará a la historia de la Iglesia Católica (y a la Historia en general) por haber impulsado una catequesis en la propia lengua de los naturales, además de desarrollar una catequesis que éstos pudieran comprender. Insistía igualmente en que dicha predicación se hiciera sin presencia perturbadora de españoles y menos de soldados. Sus métodos sería profusamente adoptados. Fray Pedro de Córdoba, como superior de la orden en la Española, no sólo no se arredró ante las brutales presiones de los encomenderos después del sermón del Domingo de Adviento de Fray Antonio de Montesinos, sino que lo apoyó sin fisuras, (véase a continuación). De su encuentro con Las Casas, surge el personaje histórico que pasó de encomendero a defensor de los indios.

A modo de complemento del texto, es interesante señalar que ese primer convento de los tras dominicos, poco más que una choza, paso con el tiempo a ser la primera universidad de América.

De él se dice que «desgastó su naturaleza cruzando  el Atlántico, siempre guiado por sus ideales de justicia para los naturales». Falleció  4 de mayo de 1521 en Santo Domingo.

De todo esto y con más autoridad que la mía en el enlace de encabezamiento.

Fray Antonio de Montesinos y sus sermones de los domingos de Adviento.

¿Monumento regalo del gobierno mexicano?

Fray Antonio de Montesinos, un fraile dominico español, es conocido por sus famosos sermones durante los domingos de Adviento en la isla La Española (hoy Santo Domingo) en 1511. Su actividad y estos sermones son fundamentales para entender los inicios de la defensa de los derechos de los indígenas en América.

Montesinos llegó a La Española con otros dominicos en 1510, en un momento en que la explotación y el maltrato de los indígenas por parte de los colonos españoles eran generalizados. Estos frailes dominicos, motivados por su fe y sentido de justicia, fueron testigos del sufrimiento de los taínos, quienes eran sometidos a trabajos forzados y brutalidades bajo el sistema de encomienda.

En diciembre de 1511, durante el tiempo de Adviento, Fray Antonio de Montesinos pronunció un sermón incendiario que denunciaba con fuerza los abusos cometidos contra los indígenas. En su sermón, Montesinos preguntó a los colonos con gran severidad: «¿Con qué derecho y con qué justicia tenéis en tan cruel y horrible servidumbre a estos indios?» «¿Estos no son hombres? ¿No tienen almas racionales? ¿No estáis obligados a amarlos como a vosotros mismos?». Y efectivamente, les advirtió que, debido a sus acciones, ponían en peligro su salvación eterna.  Esta advertencia sobre la salvación eterna no es un detalle menor, sino que en el contexto de la época supuso un auténtico terremoto. La reacción de los colonos fue de ira y rechazo, exigiendo a los superiores del Montesinos una rectificación, matización o dulcificación al domingo siguiente. Pero los dominicos se mantuvieron firmes en su denuncia y se inició así un corpus jurídico de protección al indígena, siendo ésta la consecuencia más palpable y directa de esos famosos y valientes «sermones de los domingos de Adviento»

Fray Toribio de Benavente, llamado Motolinía, y los doce apóstoles.

Si bien ya hemos comentado en capítulos anteriores cuándo y dónde se celebró la primera misa y el primer bautizo en América, se considera que la instauración de la Iglesia católica como institución debe atribuirse a los denominados «doce apóstoles». 

Son estos doce frailes que enviados por el Papa Adriano VI llegaron a Veracruz (San Juan de Ulúa) el 13 de mayo de 1524 y dieron lugar a una evangelización apoyada en el ejemplo de sus vidas, evangelización alejada en cualquier caso de toda imposición violenta.

Entre ellos destacamos a fray Toribio de Benavente que atesora en su persona esos ideales fraternales además de ser un cronista destacado.

Fray Toribio de Benavente, conocido también como Motolinía, fue uno de los primeros doce misioneros franciscanos que llegaron a la Nueva España en 1524 con el objetivo de evangelizar a los pueblos indígenas. Su sobrenombre, «Motolinía», que significa «el pobre» en náhuatl, refleja la profunda humildad evangélica que caracterizó su vida y misión. A lo largo de su existencia, Motolinía adoptó una vida de pobreza voluntaria, siguiendo el ejemplo de San Francisco de Asís, y vivió con una sencillez que resonó con la pobreza material de los indígenas que trataba de convertir al cristianismo.

Motolinía se distinguió no solo por su labor misionera, sino también por su faceta como escritor. Su obra más reconocida, «Historia de los indios de la Nueva España», es un valioso testimonio de la vida y costumbres de los pueblos indígenas antes y después de la llegada de los españoles. En ella, no solo documenta las dificultades que enfrentaron los misioneros, sino que también defiende la labor evangelizadora y la necesidad de proteger a los indígenas de los abusos coloniales.

Aunque su perspectiva a menudo refleja las limitaciones de su tiempo, Motolinía fue un observador agudo y un defensor incansable de la dignidad de los pueblos que evangelizó. Su trabajo escrito, junto con su vida ejemplar, lo convierte en una figura clave en la historia de la evangelización de América y en un símbolo de la lucha por conciliar el mensaje cristiano con la realidad colonial. A través de su humildad y compromiso con los desfavorecidos, Fray Toribio de Benavente encarna el ideal franciscano en el Nuevo Mundo.

Bartolomé de las Casas

Fray Bartolomé de las Casas fue una figura central en la historia de la colonización española de América, conocido por su incansable defensa de los derechos de los pueblos indígenas. Nacido en Sevilla en 1484, llegó al Nuevo Mundo en 1502, donde inicialmente participó en el sistema de encomiendas, beneficiándose del trabajo de los indígenas. Sin embargo, su conciencia comenzó a cambiar a medida que fue testigo de los abusos y la explotación a la que eran sometidos los pueblos originarios.

En 1514, tras una profunda reflexión y conversión personal, Las Casas renunció a sus encomiendas y se convirtió en un ferviente defensor de los derechos de los indígenas. A partir de ese momento, dedicó su vida a luchar contra las injusticias que sufrían a manos de los colonizadores. Su defensa no se limitó a la denuncia verbal; escribió numerosas obras en las que documentó los abusos y propuso alternativas para una colonización más humana. Su obra más conocida, «Brevísima relación de la destrucción de las Indias», es un testimonio impactante de las atrocidades cometidas durante la conquista, aunque su tono a veces polémico y emotivo ha sido objeto de debate entre los historiadores.

A lo largo de su vida, Las Casas abogó por reformas significativas en las políticas coloniales españolas. Fue un defensor de las Leyes Nuevas de 1542, que buscaban limitar el poder de los encomenderos y proteger a los indígenas de la explotación. Aunque estas leyes enfrentaron una fuerte oposición y su implementación fue parcial y limitada, representan un esfuerzo temprano por establecer un marco legal más justo en las colonias.

Fray Bartolomé de las Casas es recordado como «el protector de los indios» y como un precursor de los derechos humanos. Aunque su figura ha sido utilizada en diversos contextos y su legado ha sido objeto de interpretaciones variadas, su compromiso con la defensa de los oprimidos y su crítica a los excesos de la colonización lo convierten en un personaje fundamental en la historia de América Latina. Su vida y obra son un testimonio del poder de la conciencia y de la capacidad de un individuo para intentar transformar la realidad a partir de sus convicciones éticas.

Aportaciones históricas

Bartolomé de las Casas no solo fue un ferviente defensor de los derechos de los indígenas, sino también un cronista y historiador de gran importancia en la historia de la colonización de América. Su trabajo como cronista fue crucial para documentar los eventos que ocurrieron en el Nuevo Mundo durante la primera mitad del siglo XVI. A través de sus escritos, Las Casas dejó un valioso registro de las culturas indígenas, la geografía de las tierras conquistadas, y, sobre todo, las relaciones entre los conquistadores y los pueblos indígenas.

Uno de los aspectos más destacados de su labor como cronista es su obra «Historia de las Indias», en la cual ofrece una narración detallada del descubrimiento y la conquista de América desde una perspectiva crítica. En esta obra, que comenzó a escribir en 1527 y completó en 1561, Las Casas proporciona un relato minucioso y profundamente humanista de los eventos, poniendo un énfasis particular en las voces y experiencias de los indígenas. La «Historia de las Indias» no solo es una fuente primaria invaluable para entender la época, sino también un testimonio de la visión única de Las Casas, quien buscaba dar a conocer las injusticias cometidas y reivindicar a las poblaciones sometidas.

Como historiador, Las Casas se diferenció de muchos de sus contemporáneos por su enfoque ético y su compromiso con la verdad, aunque su perspectiva a menudo estaba teñida por su ferviente deseo de reforma. En sus escritos, combinó la erudición con un sentido de justicia que lo llevó a cuestionar no solo las acciones de los conquistadores, sino también las bases filosóficas y legales de la colonización española. Su obra es, por tanto, una mezcla de crónica, reflexión teológica, y análisis histórico, lo que lo convierte en una figura singular en la historiografía del siglo XVI.

Además de la «Historia de las Indias», Las Casas escribió otras obras históricas como la «Apologética Historia Sumaria», donde profundiza en la cultura y las costumbres de los indígenas, subrayando su humanidad y civilización, en contraposición a la visión predominante que los presentaba como bárbaros. Su producción historiográfica es vasta y ha sido una referencia crucial para la comprensión de los primeros años de la presencia española en América.

La Brevísima

La «Brevísima relación de la destrucción de las Indias» es una de las obras más conocidas y polémicas de Bartolomé de las Casas, escrita en 1542 y publicada en 1552. Este texto es un breve pero impactante relato en el que Las Casas describe, con gran detalle, las atrocidades cometidas por los colonizadores españoles contra los pueblos indígenas del Nuevo Mundo. Su propósito al redactar esta obra era denunciar las injusticias y abusos que presenció y presionar para que la Corona Española tomara medidas más severas para proteger a los indígenas.

La «Brevísima» fue escrita en un contexto de intenso debate sobre la legitimidad de la conquista y la evangelización de América. Las Casas, que había sido testigo de la brutalidad de la colonización, buscaba influir en las políticas de la Corona para que se pusiera fin a las violaciones de los derechos humanos de los indígenas. Su obra estaba dirigida a la monarquía española y tenía un claro tono de denuncia, apelando a la conciencia de los gobernantes.

Las Casas utiliza un estilo altamente emotivo y sensacionalista, cargado de imágenes gráficas y descripciones detalladas de la violencia. Este enfoque tenía como objetivo provocar una reacción de horror y empatía en sus lectores, en particular en los círculos de poder en España. Sin embargo, este mismo estilo ha sido objeto de crítica, ya que algunos historiadores lo consideran exagerado o incluso propagandístico. La obra es, sin duda, parcial, ya que Las Casas omite las complejidades y matices de la situación en favor de un mensaje más claro y contundente.

La «Brevísima» tuvo un impacto considerable tanto en España como en el resto de Europa. Contribuyó a la creación de la «Leyenda Negra», una visión predominantemente negativa de la colonización española en América que fue utilizada por los rivales de España, como Inglaterra y los Países Bajos, para criticar la política imperial española.

Aunque la «Brevísima» es un documento histórico invaluable, también es un texto que debe ser leído con precaución. Su retórica extrema y su enfoque unilateral han llevado a algunos estudiosos a cuestionar la exactitud de sus relatos. Las Casas no menciona en detalle los aspectos positivos de la colonización o los esfuerzos de algunos colonizadores y misioneros por proteger a los indígenas, lo que sugiere que su obra no es una crónica objetiva sino un manifiesto moral y político.